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sábado, 19 de noviembre de 2011

Descenso a la dictadura - 08/Septiembre/2011 | Explored | Archivo de Noticias de Ecuador

La intangibilidad de estos principios ha sido expresamente establecida en la historia constitucional ecuatoriana, que ha señalado, para la reforma, límites determinados por el derecho natural para proteger la estabilidad de la Constitución. Los procedimientos, conforme al derecho universal, deben ser cuidadosamente establecidos. Al concebir la reforma que comentamos, se ignoró que la soberanía del pueblo no faculta para modificar la Ley Suprema por un procedimiento no estatuido en ella.
Nuestras constituciones, desde 1830, se inspiraron en las enseñanzas de Montesquieu en El espíritu de las leyes, instituyendo el sistema de frenos y contrapesos entre los poderes, en el que cada uno de ellos limita a los otros. Las de 1850 y 1869, llegaron a considerar un delito que un poder invada al otro. La "metida de mano" en la Justicia habría sido tal delito; es una transformación jurídico-política total que altera la esencia de una república, que es la separación de los poderes.

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